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title: "Duro revés para Chiqui Tapia y la AFA en la causa por evasión fiscal: la Justicia no aceptó una apelación fuera de término"
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date_published: "2026-05-14T09:46:00-03:00"
date_modified: "2026-05-14T09:51:43-03:00"
tags:
  - "Chiqui Tapia"
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# Duro revés para Chiqui Tapia y la AFA en la causa por evasión fiscal: la Justicia no aceptó una apelación fuera de término

![ODXFXL7RV5A5BMJ4LIW2BJ3VYE](https://www.infobae.com/resizer/v2/ODXFXL7RV5A5BMJ4LIW2BJ3VYE.jpg?auth=897c20a41b3f6986ecb5ff4158b85298320a3b201978a6ae023be8708b4d1bca&smart=true&width=992&height=558&quality=85)

La **Cámara en lo Penal Económico** rechazó el intento de la **Asociación del Fútbol Argentino** y de su presidente, Claudio “Chiqui” Tapia, **para revertir la decisión que declaró desierta su apelación en la causa**. La asociación y el dirigente están procesados, con embargos de 350 millones de pesos, por **presunta retención indebida de aportes**impositivos y de la seguridad social vinculada a clubes del fútbol argentino.

La Sala “A” del tribunal de apelaciones confirmó que la defensa **no cumplió con presentar su ampliación de argumentos en el plazo fijado** para sostener la apelación y, ante ello, rechazó dos recursos que el abogado Luis Charro había presentado contra esa decisión. Uno de ellos era un recurso de reposición **para que los mismos jueces dieran marcha atrás con su resolución** y, el otro, **para llegar con el planteo hasta la Cámara Federal de Casación**, instancia superior de revisión.

## El faltazo de la AFA y “confusión”

En la resolución, los camaristas **Carolina Robiglio y Roberto Hornos** recordaron que se había fijado una audiencia y quienes buscaron postergarla hicieron planteos que fueron resueltos de manera individual, previa a la fecha, y que tenían validez para cada caso en particular.**No fue lo ocurrido con Tapia y la AFA como persona jurídica**.

“La asistencia a la audiencia señalada o la presentación de un memorial en sustitución de aquella audiencia **es la manera de exteriorizar la vigencia del interés** del recurrente ante el tribunal revisor”

Tanto el fiscal ante la Cámara, Gabriel Pérez Barberá, como la querella de ARCA se opusieron a revisar lo resuelto en torno a la AFA y Tapia, que desde ahora dependerán de la suerte que corran las apelaciones de sus consortes de causa, entre ellos el tesorero **Pablo Toviggino**, porque los jueces no analizarán de manera particular los argumentos de su apelación.

Sobre los procesados pesa un pedido para agravar la acusación por parte de la fiscalía y ARCA, mientras que las demás defensas reclamaron los sobreseimientos. El Tribunal de Apelaciones ya recibió los argumentos y quedó desde esta semana en condiciones de resolver.

**La defensa de AFA y Tapia no asistió a la audiencia fijada en primer lugar sin pedir prórroga a tiempo** y esa “falta de presentación por parte del mismo de un memorial sustitutivo de la audiencia oral, **es asimilable a una deserción del recurso de apelación”, sostuvo la Cámara.**

La defensa de Tapia había argumentado que**existió una confusión** respecto de la fecha de la audiencia, ya que entendió que la postergación concedida a otras partes alcanzaba también a la **AFA**. Sin embargo, la **Cámara** rechazó ese planteo y afirmó que “las postergaciones de la audiencia fueron concedidas únicamente para quienes lo habían solicitado, sin dejar margen de interpretación a las partes restantes”.

En ese sentido, el tribunal consideró “elocuente” que “las tres partes restantes que no solicitaron la postergación de la audiencia**presentaron el memorial respectivo en forma previa a aquel acto”**.

Los camaristas advirtieron que el cumplimiento de los términos, las formas y los modos previstos por el ordenamiento procesal constituyen una garantía para las partes.

Por último, rechazaron el recurso de Casación presentado por la defensa **al considerar que la resolución no constituye una sentencia definitiva** ni genera un perjuicio irreparable.

Lo ocurrido impedirá a Tapia y la AFA seguir defendiéndose de la acusación por no depositar en el plazo legal los 19.000 millones de pesos que fueron retenidos en aportes, y que derivó en el procesamiento resuelto por el juez en lo penal económico **Diego Amarante**. También rige un embargo por 350 millones de pesos y, en el caso del presidente de la Asociación, prohibición de salida del país.

![WPXOHTVX35AJ5JGV3WUEUYOWY4](https://www.infobae.com/resizer/v2/WPXOHTVX35AJ5JGV3WUEUYOWY4.jpg?auth=dacc9928be458b62833331a5bb81841bd55da6f83c9a20ad94102e9a9fa2a21e&smart=true&width=992&height=661&quality=85)

Su defensa sostuvo que no hubo desinterés ni abandono del planteo, sino en todo caso “un error de interpretación” en medio de una secuencia procesal confusa, con audiencias reprogramadas y múltiples imputados.

En esa línea, advirtió que la sanción aplicada resultó desproporcionada porque **“no existe afectación alguna al trámite del proceso ni perjuicio para las restantes partes”**, mientras que sí implica la pérdida de una instancia de revisión judicial.

La audiencia, que había sido fijada para el 24 de abril, buscaba escuchar los argumentos en persona o por escrito, pero la defensa se presentó recién el 28 de abril, fuera del plazo legal.

“El cumplimiento de los términos constituye una garantía para las partes y al exigirse estrictamente el respeto de aquellos se garantiza el principio de bilateralidad que forma parte de la garantía del debido proceso, se asegura a los litigantes el derecho de defensa en juicio establecido por la **Constitución Nacional**.”, argumentaron los camaristas al declarar desierto el recurso de Tapia y de la **AFA** como persona jurídica.

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